Los directivos de la Industria Licorera de Caldas celebraron el fallo de la Corte Constiticional que acabó con el monopolio de la comercialización de los aguardientes en Colombia. Un comunicado se dio a conocer en loso siguientes términos:
La Industria Licorera de Caldas (ILC) se permite informar, con beneplácito, a los
consumidores, clientes, proveedores, distribuidores, comercializadores, agentes de la
industria de licores y a la opinión pública en general, lo siguiente:
1. La Corte Constitucional, el día de hoy, declaró la inconstitucionalidad del artículo
28 de la Ley 1816 de 2016 (Ley de Licores) que facultaba a las asambleas
departamentales y gobernadores de departamentos productores de aguardiente para
restringir o prohibir, a través de salvaguardas, la introducción de otros aguardientes
provenientes de otros departamentos a su jurisdicción territorial.
2. La Corte Constitucional, en su decisión, acogió los planteamientos esgrimidos por los
demandantes de la norma Pablo Felipe Robledo, Jorge Enrique Sánchez y Julio
Andrés Ossa, así como los argumentos expuestos por el Gobernador de Caldas Henry
Gutiérrez Ángel, el gerente general de la Industria Licorera de Caldas (ILC) Diego
Angelillis Quiceno y otras personas naturales y jurídicas que también solicitaron a la
Corte declarar la inconstitucionalidad de la facultad de restringir el libre mercado y la
circulación de los aguardientes, por considerarse que, con dicha restricción, se
vulneraban las normas constitucionales que protegen el derecho a la libre
competencia que tienen todas las empresas para concurrir al mercado y el
derecho que tienen los consumidores colombianos a elegir los productos de su
preferencia.
- Como consecuencia de esta decisión de la Corte Constitucional, las empresas licoreras
productoras de aguardiente entran en un ambiente de plena competencia en el mercado
nacional con la posibilidad de llevar sus productos a todos los departamentos, municipios,
regiones y rincones del país, sin la posibilidad de que los gobernadores impongan
fronteras y barreras a la introducción, comercialización y venta de algunos
aguardientes. De la misma manera, los ciudadanos podrán escoger y acceder al
consumo del aguardiente de su preferencia a lo largo y ancho del territorio nacional.
4. La Corte Constitucional ha reconocido que las empresas de licores departamentales
deben competir por ganarse el favorecimiento de los consumidores y que los
ciudadanos tienen derecho, con independencia del lugar del territorio nacional en donde se
encuentren, a elegir el aguardiente de su preferencia, sin estar obligados a consumir solo el
aguardiente local que el gobernador del departamento les permita consumir.
5. Con esta decisión, la Industria Licorera de Caldas (ILC) podrá vender su Aguardiente
Cristal en todo el territorio nacional, y el Aguardiente Amarillo de Manzanares podrá ser
comercializado y consumido en los 32 departamentos sin restricción alguna, y en
especial, podrá ser ahora también introducido y vendido en los departamentos de
Cundinamarca (que incluye Bogotá, D.C.), Antioquia, Valle del Cauca, Boyacá, Cauca,
Nariño, Huila, Chocó, Caquetá y Putumayo, pues la Corte ha derrumbado las fronteras
departamentales impuestas por los gobernadores de esos departamentos que privaban a los
habitantes de esas regiones de poder consumir el Aguardiente Amarillo de Manzanares.
6. Con este fallo de la Corte Constitucional se aumentarán las rentas que reciben los
departamentos para invertir en la salud y educación de sus habitantes. Esas rentas no están
en riesgo, pues, por el contrario, cuantas más botellas de aguardiente se vendan en el
departamento, sea cual sea su marca o procedencia, más participación y derechos de
explotación recibirán los departamentos por la introducción y venta de aguardientes en sus
jurisdicciones. - Finalmente, la Industria Licorera de Caldas (ILC) considera que esta decisión resulta
trascendental para el desarrollo de la industria de licores en Colombia, especialmente,
la industria del aguardiente, pues al estar todas las empresas obligadas a competir,
generarán productos con mayor innovación y desarrollo con el propósito de ganarse la
preferencia de los consumidores, y trabajarán buscando el mejoramiento de los procesos de
producción y venta de los aguardientes en el mercado nacional e internacional trasladando
a sus clientes las eficiencias generadas en ambientes totalmente competitivos.