- Publicidad -

¿En cuánto queda la hora en Colombia con la reducción de la jornada laboral en 2025?

A partir del 15 de julio de 2025, en Colombia entrará en vigor una nueva reducción de la jornada laboral, pasando de 46 a 44 horas semanales.

Esta medida, contemplada en la Ley 2101 de 2021, busca acercar al país a estándares internacionales y mejorar el bienestar de los trabajadores sin reducir el salario ni las prestaciones sociales.

La Ley 2101, sancionada en 2021, estableció una disminución progresiva de la jornada ordinaria de trabajo en Colombia, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los trabajadores. Esta transición no afecta el salario ni el derecho al descanso, y se aplica de forma escalonada para facilitar la adaptación de las empresas.

Calendario de reducción:

– Julio 2023: 47 horas semanales.

– Julio 2024: 46 horas.

– Julio 2025: 44 horas.

– Julio 2026: 42 horas (límite final).

Aunque los ingresos mensuales no cambian, el valor de la hora trabajada aumenta, ya que el mismo salario se divide entre menos horas. Esto tiene implicaciones directas en el cálculo de horas extras, valor de recargos nocturnos, dominicales y festivos, así como la organización de los turnos laborales.

Esto también implica que los trabajadores deben estar atentos a sus liquidaciones, pagos de horas adicionales y cambios en sus contratos o rutinas laborales.

Con el salario mínimo 2025 fijado en $ 1.423.500 (más $ 200.000 de auxilio de transporte), y una jornada de 44 horas semanales, los valores estimados son:

1- Horas mensuales: 44 horas/semana × 4.33 semanas = 190.52 horas.

2- Valor hora ordinaria: $ 1.423.500 / 190.52 ≈ $ 7.471.

3- Valor hora extra diurna (25 %): $ 9.338.

4- Hora extra nocturna (75 %): $ 13.074.

5- Hora dominical/festiva: $ 13.074.

Hora extra dominical nocturna: $18.677.

Cabe destacar que estos valores son aproximados y pueden variar levemente según el número real de días hábiles del mes.

¿Cómo se distribuye la jornada diaria con esta ley?

La ley permite flexibilidad para distribuir las 44 horas de la siguiente manera:

– Mínimo diario: 4 horas continuas

 Máximo diario: 9 horas.

– Días de trabajo: se puede pactar entre 5 o 6 días semanales.

– Condición obligatoria: un día de descanso.

– Restricción: no se pueden programar dos turnos en un mismo día.

 

Compartir en:
Facebook
Twitter
WhatsApp
LinkedIn
- Publicidad -
- Publicidad -

Contenido Relacionado