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La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 16 años a cuatro militares adscritos al grupo ‘Sombra 3’ de la unidad ‘Agope Puma’ de la Brigada Móvil No. 1 del Ejército Nacional, por infracciones al Derecho Internacional Humanitario, durante la operación militar ‘Alacrán’ que se llevó a cabo en la vereda Bocana del Chigüiro, zona de litigio entre Meta y Caquetá .
El ente de control comprobó que sin que se presentara enfrentamiento, el cabo segundo, Hugo Alberto Arévalo Landinez; y los soldados profesionales, Jhonny Mosquera Pastrana, Yeferson Lizcano Duque y Carlos Arturo Villamil Parra dispararon su arma de dotación contra tres civiles que resultaron muertos, entre ellos una menor, sin verificar previamente y distinguir si estos ciudadanos eran combatientes o personas internacionalmente protegidas.
Según la Procuraduría, los miembros del Ejército tenían pleno conocimiento de que esa misión debía adelantarse con total acatamiento de las normas y principios del DIH, pues así lo establecía la Orden de Operaciones 035 y, además, conocían las reglas de uso de la fuerza para repeler una agresión en contra de la vida de quienes integraban su unidad o la de un tercero.
La falta de los militares fue calificada como falta gravísima a título de culpa gravísima, por violación de reglas de obligatorio cumplimiento.