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Caso Álvaro Uribe Vélez: Tribunal Superior de Bogotá aprobó decisión de segunda instancia

Versiòn Infobae.

La Sala de Decisión Penal número 19 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dio un paso relevante en el proceso judicial que involucra al expresidente Álvaro Uribe Vélez, que fue condenado en primera instancia por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.

El Tribunal aprobó la decisión de segunda instancia que se tomó sobre el recurso de apelación que presentaron la defensa del exmandatario y el delegado del Ministerio Público frente al fallo emitido previamente por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá (jueza Sandra Liliana Heredia) en el expediente identificado con el radicado 110016000102202000276-09.

El tribunal, conformado por los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez, Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto, deliberó y aprobó la decisión, por ahora desconocida. Según el comunicado, la fecha en la que se dará lectura del fallo será informada oportunamente a todas las partes e intervinientes en el proceso.

Proceso penal contra Uribe: decisión de primera instancia

El exmandatario afronta un proceso penal que lleva siete años, el cual inició su trámite en la Corte Suprema de Justicia en 2018 y pasó a manos de la Fiscalía General de la Nación en 2020, luego de que el ex jefe de Estado renunciara al Senado de la República.

Uribe Vélez fue investigado por sobornos que presuntamente hizo a exparamilitares por medio de su exabogado Diego Javier Cadena –también condenado en primera instancia por estos mismos hechos–. Al parecer, lo que buscaba el exmandatario era lograr que los criminales cambiaran ciertas declaraciones que rindieron ante la justicia que lo perjudicaban, en relación con supuestos nexos que tuvo con grupos paramilitares.

La jueza Sandra Liliana Heredia estudió el caso, las pruebas aportadas por el ente acusador y la defensa del expresidente, y los testimonios de decenas de testigos y decidió declararlo culpable de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal y lo absolvió del delito de soborno simple.

El 1 de agosto de 2025, la togada condenó al ex jefe de Estado a 12 años de prisión domiciliaria, indicando que la evidencia suministrada por la Fiscalía “es suficiente para desvirtuar cualquier presunción de inocencia”. Asimismo, ordenó el pago de una multa de 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Por la gravedad de los delitos que se le endilgaron, el expresidente también quedó inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas de 100 meses y 20 días.

Sin embargo, Álvaro Uribe afirma que es inocente de los cargos por los cuales fue acusado y condenado. En consecuencia, a través de su defensa, presentó un recurso de apelación a la sentencia proferida por la jueza 44 Penal, el cual ya fue resuelto y aprobado por el Tribunal Superior de Bogotá y cuya lectura todavía está pendiente. Sus abogados aseguran que, de ser necesario, recurrirán al recurso de casación para conseguir su absolución.

A través de su cuenta de X, el expresidente insistió en que no es culpable de soborno en actuación penal y fraude procesal. Incluso, advirtió que parte de las pruebas que se presentaron en el proceso no demuestran que ordenó la realización de sobornos para su beneficio.

No fui determinador, ni de lo uno, ni de lo otro. En más de 20.000 interceptaciones a mi teléfono, no hay una palabra mía distinta a pedir la verdad. Nunca sugerí que se pidiera mentir o callar. Así lo afirmó en el juicio la analista de comunicaciones, Carolina Vargas Villamil, testigo de la Corte Suprema y de la Fiscalía, quien también dijo que a Diego Cadena no se le había escuchado pedir que se mintiera o se callara”, señaló.

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