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Red de Veedurías denunció resolución firmada en el Gobierno Petro que encarecería el combustible en Nariño

La Red de Veedurías de Colombia pidió revocar la Resolución 01937, firmada durante el gobierno de Gustavo Petro, relacionada con el abastecimiento de combustibles en Nariño, al advertir que el esquema extendería una compensación de transporte a Chachagüí, trasladaría costos a los usuarios y aumentaría las obligaciones fiscales de la Nación.

La controversia se concentra en la compensación para Chachagüí

La Red cuestionó que la resolución incorpore a Chachagüí dentro del esquema de compensación para el transporte terrestre de combustibles. De acuerdo con la organización, el artículo 55 de la Ley 191 de 1995 establece beneficios para zonas de frontera que sean capitales de departamento y que tengan conexión vial con una planta de abasto enlazada a un terminal de poliducto.

Para la entidad denunciante, en el caso de Nariño ese tratamiento especial corresponde a San Juan de Pasto, por su condición de capital departamental. Chachagüí, en cambio, no cumpliría ese requisito. La resolución, según el comunicado, dispone que parte del producto recibido en Yumbo llegue en carrotanques a la planta de Petronar.

La Red afirmó que el acto denomina ese mecanismo como una medida de “continuidad”, aunque considera que en la práctica amplía la cobertura de una compensación financiada con recursos públicos. “Llamar continuidad a ese cambio es un eufemismo”, planteó la organización en su pronunciamiento.

La Resolución 01937 también resolvió recursos presentados por Terpel, Uno Corp., Petronar, Chevron, Petromil y Primax. Según la Red, el acto dejó sin efecto la reasignación de nueve municipios hacia Tumaco y los devolvió al abastecimiento desde Chachagüí. Los municipios mencionados son La Florida, Consacá, El Peñol, El Tambo, Sandoná, Yacuanquer, Nariño, Ancuyá y Linares.

El costo del último tramo recaería sobre los usuarios

Uno de los principales cuestionamientos se dirige a la estructura tarifaria que aplicaría al transporte desde Chachagüí hasta las estaciones de servicio. La Red sostuvo que la resolución fijó en $0,00 el componente de transporte hasta la planta no conectada de Chachagüí, identificado como TP_PNI, debido a que el traslado entre Yumbo y ese municipio sería cubierto por una compensación financiada por Hacienda.

De esa forma, los consumidores de los municipios asignados al suministro desde Petronar asumirían el valor del transporte local en el surtidor, mientras el presupuesto nacional cubriría el recorrido más extenso desde Yumbo. La Red consideró que este esquema implicaría una doble carga: una parte para los compradores de combustibles y otra para las finanzas públicas.

“Terminaría su aplicación afectando de manera directa a los usuarios en Nariño”, declaró Bustos en el comunicado. El dirigente agregó que el modelo podría elevar los precios o requerir un subsidio nacional que, a su juicio, agravaría la situación fiscal.

El comunicado también compara el tratamiento de Chachagüí con el de Tumaco, otro de los puntos relevantes dentro de la cadena de suministro de combustibles en Nariño. Según la Red, el componente TP_PNI para abastecer a Tumaco sí aparece dentro de la estructura de precios, con valores estimados de $1.393,38 para gasolina motor corriente y $1.388,08 para ACPM.

La organización señaló que el abastecimiento por cabotaje hacia Tumaco no tendría una compensación terrestre equivalente y que, en condiciones ordinarias, sus costos no afectarían al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (Fepc). A su juicio, esa diferencia carece de una justificación económica visible y vulnera los principios de igualdad e imparcialidad en la función administrativa.

Piden intervención de la Fiscalía, Contraloría y Procuraduría

La Red de Veedurías solicitó a la Fiscalía General de la Nación que determine si el reconocimiento de compensaciones para un destino que, según su interpretación, no está contemplado en la ley podría configurar delitos contra la administración pública. También pidió a la Contraloría General de la República que ejerza control fiscal sobre los eventuales pagos por el trayecto Yumbo-Chachagüí.

La organización recordó que el acto administrativo establece que no proceden recursos en vía administrativa. Aun así, señaló que la decisión puede ser demandada ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo mediante una acción de nulidad, con la posibilidad de solicitar una suspensión provisional.

Bustos añadió que la Red mantendrá la vigilancia sobre posibles desvíos de combustibles hacia el departamento del Cauca y expresó preocupación por la eventual entrada de proveedores externos sin controles suficientes. Esa advertencia, según indicó, se relaciona con el riesgo de que combustibles o insumos derivados lleguen a circuitos vinculados con la producción de sustancias ilícitas.

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