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Juez dejó en libertad por vencimiento de términos a Sandra Ortiz, acusada por el escándalo de corrupción de la UNGRD

Versiòn diario El Tiempo.

El Juzgado 35 Penal con Función de Control de Garantías dejó en libertad por vencimiento de términos a Sandra Liliana Ortiz Nova, exconsejera presidencial para las regiones, investigada por su participación en el escándalo de corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD)
En medio del proceso, que continúa en la etapa de audiencias preparatorias —fase en la que se definen las pruebas que serán utilizadas en el juicio—, Ortiz recuperará la libertad luego de que un juez acogiera los argumentos presentados por la defensa de la exfuncionaria, la cual alegó que, tras más de 400 días desde la radicación del escrito de acusación, aún no ha iniciado la etapa de juicio.
«El despacho se ha pronunciado por un término de 473 días, contados inclusive desde la fecha de presentación del escrito de acusación, la cual se corresponde con el acta de reparto mediante la cual se asignó el conocimiento al Juzgado Octavo Penal del Circuito Especializado de la ciudad de Bogotá», dijo el juez.
En seguida, el juez desmenuzó las etapas en las que se dilató el proceso. Esto dijo el togado:
  • Del 10 de abril de 2025  al 11 de junio de 2025, 63 días.
  • Del 19 de noviembre de2025 al 2 de diciembre de 2025, correspondientes a la licencia por luto de la señora juez, 14 días.
  • Del 11 de febrero de 2026 al 12 de abril de 2026, término que se tomó la Sala Penal del Tribunal y el juzgado para resolver la solicitud de preclusión, la cual —como lo indicó el despacho— constituye, en consideración de este operador judicial, una maniobra abiertamente dilatoria: 61 días.
  • Del 6 de mayo de 2026 al 11 de mayo de 2026, término correspondiente a la solicitud de recusación elevada por la defensa, respecto de la cual este operador judicial considera que, con una lectura mínima de las causales invocadas, estas no resultan aplicables y, por consiguiente, también se entiende como una maniobra dilatoria: 6 días.
«Lo anterior arroja un total de 144 días. Al descontar esos 144 días de los 173 inicialmente contabilizados, se obtiene un guarismo de 329 días, término que evidentemente supera los 240 días que establece la ley», explicó el juez.
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