Versiòn Infobae.
El canal colombiano Caracol TV anunció el martes 24 de marzo de 2026 que ambos comunicadores, figuras centrales en el noticiero, dejaron de formar parte de la empresa tras la aparición de denuncias de mujeres periodistas por presunto acoso sexual al interior de la compañía.
Según la congresista, estas situaciones le fueron relatadas hace varios años y, aunque el tema permaneció silenciado durante largo tiempo, en su opinión “ya no tiene reversa” y está en boca de todos.
La empresa aclaró que su decisión “no implica un juicio de valor sobre los hechos denunciados”, sino una medida para proteger la integridad de quienes han dado a conocer sus experiencias.
La salida de ambos comunicadores ocurrió tras la presión de diversos sectores y la aparición de relatos de periodistas que alzaron la voz en Infobae Colombia.
“Hablar de esto toma tiempo, pero ya no tiene reversa”, subrayó Carrascal en su mensaje.
En Colombia, el debate sobre el acoso sexual en los medios de comunicación cobró fuerza tras denuncias recientes que, según la representante a la Cámara Mafe Carrascal, exponen una problemática estructural: la persistencia de violaciones a los derechos humanos en entornos laborales.
La legisladora subrayó que este tipo de violencia afecta tanto al sector público como privado, abarcando incluso el ámbito académico y digital. “Esto tiene que ver con poder, con desigualdad, con violencia”, afirmó Carrascal.
Carrascal cuestionó la atención que recibieron las quejas de otras periodistas en el pasado: “¿De verdad no había denuncias antes? ¿Qué atención tuvieron las quejas y reclamos de otras periodistas en el pasado?” Este contexto motivó la aprobación de la Ley 2365 de 2024, iniciativa que refuerza la protección legal contra el acoso laboral.
La nueva normativa, impulsada y coescrita por Carrascal, obliga a todas las empresas en Colombia a instaurar protocolos efectivos que protejan a trabajadoras y trabajadores, sin excepción por tipo de contrato.
“No se necesita tener un contrato formal para activar la protección”, enfatizó la congresista. El texto legal amplía el concepto de contexto laboral, incluyendo espacios virtuales, chats, eventos y trayectos vinculados al trabajo.
La Ley 1010 de 2006 ya definía el acoso laboral en Colombia, pero exigía pruebas persistentes y demostrables.
Según Carrascal, esto imposibilitó que muchas víctimas accedieran a justicia: “Muchas víctimas no podían probarlo o, en su defecto, tenían miedo de hablar”.
El marco jurídico colombiano cuenta además con respaldo internacional, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw), la Convención de Belém do Pará y el Convenio 190 de la OIT. Estos instrumentos comprometen al Estado a prevenir y sancionar todas las formas de violencia en el trabajo.
La senadora detalló la ruta para denunciar estos hechos: primero, presentar la queja ante la empresa, que debe responder de inmediato; luego, acudir al Ministerio del Trabajo y, si es necesario, recurrir a la vía judicial. “No pueden despedirte por denunciar. Eso es ilegal”, advirtió Carrascal.
La representante concluyó que el acoso sexual laboral constituye “una violación a los derechos humanos que exige una actuación inmediata del Estado, de las empresas, del gobierno y de la sociedad misma”. Y dirigió un mensaje a las víctimas: “Mujeres, no están solas, no más pactos de silencio. Estamos aquí para legislar”.