Versión diario El Tiempo.
En empate terminó el debate en la Sala Plena de la Corte Constitucional respecto al régimen del monopolio rentístico sobre los departamentos productores de licores destilados en Colombia.
Con una votación 4-4 y un impedimento de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez no logró dirimir conflicto entre los departamentos, por lo que el proceso se definirá en 2025, y para lo cual se designó a un conjuez para que este participe en el análisis del debate y dicte una decisión fina del asunto.
El debate busca definir el futro de los incisos primero y segundo del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016, que le da la potestad a los departamentos productores de aguardiente y ron a restringir la venta de otros aguardientes hasta por seis años, siempre y cuando representen una “amenaza de daño grave a la producción local”.
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Este debate arrancó luego de que la Dirección de Rentas y Gestión Tributaria, adscrita a la Secretaría de Hacienda de Cundinamarca, revocó la autorización que permitía la comercialización del aguardiente Amarillo de Manzanares en Cundinamarca.
El caso en estudio, aunque se centra en el pleito de la Licorera de Caldas y la de Cundinamarca, tendría incidencia nacional en todas las licoreras departamentales.
Unas posturas
Durante el proceso, en los que la Corte recibió varios conceptos, la procuradora general Margarita Cabello le pidió al alto tribunal que conserve la norma y que la declaren exequible, al indicar que la protección especial al aguardiente beneficia a los departamentos que la ejercen «al permitir un ingreso mayor de rentas para el financiamiento de sus programas«.
Además de este concepto, otras opiniones fueron escuchadas en una audiencia pública liderada por el magistrado Jorge Enrique Ibáñez el pasado 7 de octubre.
El abogado Julio Andrés Ossa, uno de los demandantes en este proceso, advierte que el debate va más allá de un asunto económico «es relativa a las libertades civiles porque lo que está en juego en esta demanda es más allá que un asunto económico. Es hasta dónde puede llegar el legislador en la restricción de la libertad humana y qué legitimidad tienen las entidades territoriales para prohibir la libre competencia, la iniciativa privada, la libertad económica y la propia libertad de la elección de los individuos».
El exsuperintendente de industria y comercio, Pablo Felipe Robledo, también demandante, expresó que «si la norma se mantiene, el monopolio rentístico sigue. Y si la norma se derrumba, como espero que ocurra, los gobernadores también seguirán recibiendo las rentas derivadas del ámbito rentístico».
Robledo indica que si se cae el monopolio «las rentas se incrementarán sustancialmente en favor de la salud y de la educación».